ANEXO 1 DE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A AYUDAS ESCOLARES DEL AYUNTAMIENTO DE BADIA DEL VALLÉS 1. OBJETO Y NORMATIVA HASH: ee2b15a797720c57bcda6bd8cf205a25 a) Estas bases particulares se enmarcan en las bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a la infancia y adolescencia, del Ayuntamiento de Badia del Vallés aprobadas en Pleno Municipal en sesión fecha Carolina Sánchez Braut (1 de 2) Responsable Oficina Tècnica 26 de febrero de 2020. Data Signatura: 22/03/2023 b) El objeto de esta convocatoria es definir el régimen, condiciones y procedimiento a seguir para la concesión de las subvenciones destinadas a ayudas escolares para alumnos de enseñanza infantil, primaria y secundaria obligatoria. Los conceptos que comprenden las ayudas escolares son ayudas de material y salidas escolares. c) Estas subvenciones previstas tienen carácter finalista, el régimen, condiciones y procedimientos se someterá a lo que regulan estas bases y, en todo lo no previsto, a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley general de subvenciones, entre otra legislación de aplicación. d) La concesión de las subvenciones contempladas en esta convocatoria se MARIA JOSE GRANADOS MARTINEZ (2 de 2) HASH: a69c6869ec46b1bad6b1aecdd99587cd efectuará mediante concurrencia competitiva. Data Signatura: 23/03/2023 2. DESTINATARIOS: CONDICIONES Y REQUISITOS Regidora delegada a) Las ayudas escolares van dirigidas a niños/as y adolescentes empadronados en el municipio de Badia del Vallés, inscritas en cualquier curso de enseñanza infantil, primaria y secundaria obligatoria de centros financiados con fondos públicos, cuya familia presenta una situación de dificultad social y/o económica. Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 1 de 7 b) Quedan excluidas de esta convocatoria las familias con renta per cápita superior al 80,01% del indicador de renta de suficiencia de Cataluña y que son 569,12 euros. c) Quedan excluidos los alumnos que tengan reconocida la situación de NEE-B (necesidades específicas derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales desfavorecidas con una prestación económica reconocida) (Art. Codi Validació: 5XZMMA79Z2NSEADLZEGGWSQ9J 54.3, DECRETO 11/2021 de 16 de febrero). Verificació: https://badiadelvalles.sedelectronica.es/ 3. COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES a) Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas económicas otorgadas para la misma finalidad por cualquier Administración Pública (distinta al Ayuntamiento de Badia del Vallés) o entidad de naturaleza privada, siempre y cuando la suma de todas las ayudas, subvenciones o ingresos de la entidad beneficiaria para la misma finalidad, no supere el coste total de la actividad a desarrollar. b) El beneficiario está obligado a comunicar a la administración municipal, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado. c) Dado el carácter finalista de la subvención que se concede con cargo a esta convocatoria, ésta será incompatible con cualquier otra ayuda otorgada por el Ayuntamiento de Badia del Vallés para los mismos proyectos o actividades, sean mediante el convenio de colaboración, subvención o de altas fórmulas de financiación. 4. PLAZOS PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES El calendario de admisión de las solicitudes será a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 28 de abril de 2023. 5. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Para la presentación de solicitudes se establecen las siguientes modalidades: a) TELEMÁTICA con carácter preferente, mediante la SEDE ELECTRÓNICA disponible en el sitio web de este Ayuntamiento y se encuentra en el siguiente enlace: badiadelvalles.sedelectronica.es. b) PRESENCIAL con carácter residual, en aquellos casos que no sea posible la presentación telemática. Las solicitudes deben presentarse con cita previa pedida a la OAC (Oficina de atención a la ciudadana) del Ayuntamiento de Badia del Vallès. Para más información y consultas, llamar al teléfono de la OAC 93 718 22 16 / 93 693 33 00 para pedir cita previa. Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 2 de 7 5.1. DOCUMENTACIÓN A. Documentación económica de todos los miembros computables de la unidad familiar: - Trabajador/a en activo: fotocopia de las hojas de salario o certificado equivalente, dos últimos meses inmediatamente anterior a la presente solicitud. Codi Validació: 5XZMMA79Z2NSEADLZEGGWSQ9J Verificació: https://badiadelvalles.sedelectronica.es/ - Paro: certificado original del Servicio Público de Empleo Estatal, www.sepe.es con los períodos de inscripción y de recepción de prestaciones y/o subsidios por desempleo y la cuantía percibida en los 3 meses inmediatamente anteriores a la presente solicitud. - Pensionistas: Fotocopia del certificado de revalorización de la pensión. - Autónomos o empresarios: fotocopia de la última declaración del IRPF. - Fotocopia del último recibo de la hipoteca o del alquiler de la vivienda donde resida el/la menor beneficiario/a o declaración jurada de vivir en una vivienda pagando un alquiler si no puede justificarse documentalmente. - Fotocopia del acuse de cualquier otro tipo de ingreso. En caso de no poder acreditar ninguna de las anteriores circunstancias, declaración jurada de ingresos. B. Documentación sociofamiliar: - Título familia numerosa o bien autorización por consulta de datos Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS). Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales y Familias. - Título monoparental, o bien autorización por consulta de datos Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS). Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales y Familias. - En caso de representación legal o acogimiento del/la menor beneficiario/a, fotocopia de la documentación acreditativa de este hecho. - Separación de hecho: fotocopia del documento notarial o fotocopia de los justificantes de interposición de la demanda u otros documentos que demuestren esta situación. - Separación legal o divorcio: fotocopia de la resolución judicial que determine esta situación, incluido convenio regulador. - Certificado de discapacidad del alumno o hermanos emitido para el Centro de Atención a Personas con Discapacidad (CAD) del departamento, o bien autorización por consulta de datos Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS). Departamento de Trabajo y Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 3 de 7 Asuntos Sociales y Familias. - Otros documentos que se consideren necesarios, a requerimiento de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badia del Vallés. En caso de incumplimiento de la obligación de pago de la pensión de alimentos, fotocopia de la documentación acreditativa de la reclamación de la pensión de alimentos. Codi Validació: 5XZMMA79Z2NSEADLZEGGWSQ9J Verificació: https://badiadelvalles.sedelectronica.es/ La documentación sociofamiliar solicitada que sea susceptible de no haber variado de la presentada en la anterior convocatoria de ayudas escolares, se puede sustituir por una declaración jurada, que acredite que no se han producido modificaciones en los datos que constan en la documentación presentada en la convocatoria del curso anterior, siempre y cuando la persona solicitante autorice al Ayuntamiento de Badia del Vallés a solicitar a la Agencia Tributaria, Instituto catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS), Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales y Familias, Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Servicio de Empleo de Cataluña (SOC), Instituto Nacional de Empleo, Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), a acceder a mis datos personales a efectos de tramitar las ayudas de material escolar. 6. PLAZO DE RESOLUCIÓN El ayuntamiento resolverá las solicitudes presentadas en un plazo máximo de 3 meses. 7. ENMIENDA DE ERRATAS Si las solicitudes no reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, o no fueran acompañadas de la documentación necesaria, se requerirá al interesado dentro del plazo máximo de cinco días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la recepción del requerimiento, subsane los defectos observados, con el apercibimiento de que, si no procede a la enmienda requerida, se archivará su solicitud sin más trámites. 8. CUANTÍAS DE LAS AYUDAS Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA El importe de la subvención será de 50 para los niños/as de infantil y primaria, y de 70 para los niños/as de secundaria. Para este ejercicio 2023 está prevista la partida presupuestaria, "Asistencia a la infancia, familia y adolescencia ­ Premios y becas (0903 2317 48100)" con importe de 32.100 (treinta y dos mil cien euros), de los que se destinan a la presente convocatoria 22.600 (veintidós mil seiscientos euros). Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 4 de 7 9. PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO. El órgano competente para la instrucción y resolución de las solicitudes es la Junta de Gobierno Local. Codi Validació: 5XZMMA79Z2NSEADLZEGGWSQ9J Las ayudas se otorgarán teniendo en cuenta los siguientes criterios de valoración Verificació: https://badiadelvalles.sedelectronica.es/ del baremo de puntuación: A.- Criterios económicos: Renta per cápita = Suma ingresos mensuales de la unidad familiar - gastos vivienda (hasta el máximo de 600 ). Número de miembros unidad familiar de la Renta per cápita se puntuará, en relación con el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC) y que son 569,12 euros. Más alto del 80,01 % del IRSC (455,35 ) No se sigue valorando Del 60,01% al 80% del IRSC (341,47 a 455,35 ) 6 puntos Del 40,01% al 60% del IRSC (227,65 a 341,46) 8 puntos Del 20,01% al 40% del IRSC (113,83 a 227,64) 10 puntos Del 0% al 20% del IRSC (0 a 113,82) 12 puntos Miembros computables: Para el cálculo de la renta familiar a los efectos de estas ayudas son miembros computables los progenitores, en su caso, el/la tutor/a persona encargada de la guarda y protección del menor, el alumno/a solicitante, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar, utilizando en el cálculo de la renta familiar o los de más edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como, los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el correspondiente certificado municipal. En el caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable aquél que no conviva con el alumno/a solicitante de la ayuda. No obstante, tendrá la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuya renta se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar. En los casos de custodia compartida, se considerarán miembros de la unidad familiar únicamente: el solicitante, sus progenitores, aunque no convivan, y los hijos comunes de éstos. En caso de que sólo lo necesite uno de los progenitores/as, se podrá valorar la renta del progenitor/a solicitante y sólo le corresponderá una ayuda por los días de custodia que establezca el convenio regulador. En los casos de violencia de género habrá que actuar atendiendo a lo que se establecen en los artículos 33, en relación a la identificación de las situaciones de violencia machista, y 48, en relación al tratamiento de ayudas escolares, de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 5 de 7 (DOGC Núm. 5123-2.5.2008). B.- Criterios familiares: Número de hijos (menores de 18 años) 1 hijo 0 puntos 2 hijos 0,5 puntos 3 hijos 1 punto Codi Validació: 5XZMMA79Z2NSEADLZEGGWSQ9J Verificació: https://badiadelvalles.sedelectronica.es/ 4 hijos o más 1,5 puntos Familia monoparental / Familia numerosa 1 punto Discapacidad 0,5 puntos C.- Criterios sociofamiliares: Infancia en riesgo 2 puntos Forma parte de un plan de mejora