Elecciones al Parlamento de Cataluña 2017 Manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales Supervisado por la Junta Electoral Central Sessión 08.11.2017 NOTA: Los artículos que se citan en este Manual corresponden al texto de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general. Cronología de la jornada electoral Introducción 3 Las mesas electorales 4 Los miembros de las mesas electorales 5 8.00 h Primera fase: Constitución de la mesa 1. Reunión en el local electoral 6 2. Comprobación del material electoral y las condiciones del local 7 3. Recepción de las credenciales de los interventores de las candidaturas 9 8.30 h 4. Acta de constitución de la mesa electoral 11 9.00 h Segunda fase: Votación 1. Apertura del colegio electoral e inicio de la votación 12 !Interrupción !Suspensión 2. Desarrollo de la votación 13 3. Fin de la votación 17 20.00 h Tercera fase: Escrutinio 1. Mecánica del escrutinio 18 2. Fin del escrutinio 20 3. Acta de sesión 21 4. Final de la jornada electoral 22 Resumen de la jornada electoral 24 Orden público 25 Introducción Ser miembro de una El próximo día 21 de diciembre de 2017 tendrán mesa electoral es un lugar las elecciones al Parlamento de Cataluña. deber cívico ineludible. Sin la participación y el Ha recibido este Manual porque ha sido designado esfuerzo de casi 75.000 miembro titular o suplente de una mesa electoral personas (entre durante la jornada de votación. miembros titulares y suplentes) que forman Léalo con atención a fin de familiarizarse con las parte de las más de funciones que deben ejercerse durante la jornada 8.000 mesas electorales no sería electoral. Le recomendamos que lo lleve consigo el posible llevar a cabo día de la votación. Le puede ser útil. este proceso electoral. Los miembros de las mesas electorales son elegidos por los ayuntamientos, mediante un sorteo público, entre las personas inscritas en el censo electoral de la mesa que sean menores de setenta años y que sepan leer y escribir. 3 Las mesas electorales REPRESENTANTES DE MISIÓN LA ADMINISTRACIÓN Las mesas electorales forman parte de la Su principal misión es Administración electoral y tienen una misión muy transmitir los datos de importante: recoger los votos de los electores en la constitución, participación jornada electoral y hacer el recuento una vez y resultados provisionales acabada la votación. de la mesa al Centro de Recogida de Información MIEMBROS (CRI) para que se lleve a cabo su difusión pública. Cada mesa electoral está formada por un presidente/a y dos vocales. Se eligen, además, dos Deben acreditarse ante la suplentes para cada uno de los cargos. Todos ellos mesa mediante la deben presentarse a las 8.00 h el día de las credencial elecciones en el local y la mesa asignados. correspondiente y el documento de identidad. Titulares y suplentes deben firmar la lista de los miembros de la mesa, que se encuentra entre la Deben solicitar la documentación de ésta. Una vez hayan firmado, y confirmación oficial de la siempre que se hayan presentado los titulares, los apertura de la mesa y suplentes pueden marcharse. confirmar los nombres de sus miembros. INTERVENTORES Y APODERADOS* Deben volver a Los interventores asisten a las mesas electorales presentarse ante el en el ejercicio de las funciones que tienen presidente/a de la mesa a encomendadas y participan en las deliberaciones las 13.00 h y a las 18.00 h con voz pero sin voto (art. 79.2). para solicitar el número de votantes hasta el Los apoderados ejercen la representación de la momento; finalizado el candidatura en los actos y operaciones electorales. escrutinio, deben solicitar al presidente/a de la * Véase la página 10. mesa los resultados de la votación con el objetivo de comunicarlos para la recogida de datos provisionales. 4 Los miembros de las mesas electorales Las personas que efectivamente actúen como La mesa tiene que miembros de las mesas electorales tienen derecho contar en todo a: momento, como mínimo, con la !En el caso de municipios con un censo de hasta presencia de dos de sus 500 mesas: miembros (art. 89). - Una indemnización de 63 euros, los vocales. - Una indemnización de 71 euros, el presidente/a. Los cargos de presidente, vocal y !En el caso de municipios con un censo de más suplente son de 500 mesas: obligatorios; si no se - Una indemnización de 63 euros, los vocales. presentan a ejercer las - Una indemnización de 86 euros, el presidente/a. funciones correspondientes, Estos pagos no están sujetos a la retención del IRPF. El importe superior asignado al presidente/a se justifica por pueden incurrir en pena la responsabilidad que tiene durante la jornada electoral de prisión de tres meses y especialmente por la de entregar los sobres de a un año o multa de seis documentación electoral al juzgado de primera instancia a veinticuatro meses. y/o de paz, una vez acabado el escrutinio provisional. !En el caso que se trate de personas que trabajan por cuenta ajena y personal funcionario, un permiso retribuido durante el día de la votación, si es laborable, y una reducción de las cinco primeras horas de la jornada laboral del dia posterior al de las elecciones. !La protección del sistema de la Seguridad Social ante las contingencias y situaciones que puedan derivarse de la participación en las elecciones. 5 PRIMERA FASE: Constitución de la mesa electoral 1. Reunión en el local electoral a las 8.00 h A las 8.00 h del día de la votación, el presidente/a, los dos vocales y los suplentes respectivos deben reunirse en el local correspondiente a cada mesa para constituir la mesa electoral (art. 80.1). Si el presidente/a no se presenta, debe ser sustituido siguiendo el orden siguiente: Se reúnen el ! por su primer suplente, presidente/a, !si el primer suplente no está presente, por el segundo los suplente; vocales y los !si no hay ningún suplente, actúa como presidente/a el primer suplentes en el vocal, y local ! si el primer vocal no está presente, el segundo vocal indicado en su (art. 80.2). nombramiento. La mesa Si los vocales no se han presentado en el colegio electoral o electoral debe bien toman posesión como presidente/a: constituirse, !Serán sustituidos por los suplentes respectivos. necesariamente, con un Si a pesar de ello no puede constituirse la mesa, los presidente/a y miembros presentes o, si no están, la autoridad gubernativa: dos vocales. !Deben comunicar a la junta electoral de zona lo que ha pasado, por teléfono o por cualquier otro medio que permita la notificación inmediata y, !Deben enviar a la junta electoral de zona por correo certificado una declaración por escrito de los hechos ocurridos. En el supuesto de que no se puedan hacer las sustituciones mencionadas, la junta electoral de zona designará a las personas que deben constituir la mesa, y puede ordenar que formen parte los electores presentes en el local (art. 80.4). Si, a pesar de proceder como se ha indicado, no se puede constituir la mesa antes de las 10.00 h, los miembros presentes o la autoridad gubernativa deben comunicarlo de nuevo a la junta electoral de zona, que convocará una nueva votación que tendrá lugar dentro de los dos días siguientes. La convocatoria debe fijarse en la puerta del local electoral y la junta electoral tiene que nombrar nuevos miembros de la mesa. 6 PRIMERA FASE: Constitución de la mesa electoral 2. Comprobación del material electoral y las condiciones del local DOCUMENTACIÓN Los miembros de la mesa, una vez constituida, deben PARA LA comprobar que disponen de todos los elementos VOTACIÓN materiales necesarios para el buen funcionamiento del ACCESIBLE proceso electoral. Cada mesa electoral debe disponer como mínimo de (art. 81.1): Si procede, la mesa electoral debe !Una urna por mesa electoral disponer de la lista de las personas La urna debe estar cerrada y precintada, como garantía con discapacidad de que no puede ser manipulada. En caso de que el visual que precinto se estropee o se deteriore, el presidente/a de la conozcan el mesa, si no puede obtener otra urna de la junta electoral sistema de de zona, tiene que asegurar el cierre con cualquier lectoescritura Braille, que tengan medio que tenga al alcance. reconocido un grado de discapacidad igual !Una cabina de votación o superior al 33%, y Tiene que estar en la misma habitación o local donde que hayan se desarrolle la votación y en un lugar intermedio entre comunicado la la entrada y la mesa electoral. intención de utilizar el procedimiento de voto accesible para !Sobres y papeletas este colectivo. Durante toda la jornada, y mientras dure la votación, Se debe disponer tiene que haber un número suficiente de sobres y también de la papeletas de todas las candidaturas que se presentan a documentación la elección. reglamentaria que debe entregarse a Las papeletas se deben colocar en los casilleros de la los electores cabina o en una mesa auxiliar próxima a la cabina. incluidos en dicha lista. !Documentación e impresos La Mesa contará con un ejemplar certificado de la lista del censo electoral que le corresponde, para que los miembros de la misma puedan comprobar que cada votante figura inscrito en el censo. Al finalizar la jornada, este ejemplar se incluirá obligatoriamente en el sobre nº1 que ha de preparar la Mesa al final de la jornada. Contará además con una lista del callejero de la sección electoral a la que pertenece la Mesa, y el rango alfabético de iniciales del primer apellido de los electores que contiene, para su exposición pública en el local electoral. 7 PRIMERA FASE: Constitución de la mesa electoral 2. Comprobación del material electoral y las condiciones del local CONDICIONES !Documentación e impresos (continuación) DEL LOCAL Asimismo, en el caso de que se hayan producido altas ELECTORAL o bajas de última hora en las listas del censo correspondiente a la Mesa o, en su caso, modificaciones Tiene que haber en los electores que vayan a votar por correo, la Mesa encontrará entre la documentación electoral, apéndices mesas y sillas en papel con esta información (altas, bajas y nuevos suficientes para los votantes por correo). miembros de la mesa electoral, - Modelos oficiales de actas: iluminación ·Acta de constitución de la mesa. apropiada, material ·Acta de escrutinio. de escritorio y ·Acta de la sesión. letreros de señalización. - Lista numerada de votantes, donde se deben anotar los electores que votan. Las secciones y las mesas tienen que - Certificados de votación, para extender a los estar debidamente votantes que lo soliciten. Es previsible que en estas señalizadas y los elecciones se soliciten con mucha frecuencia dichos accesos tienen que certificados, dado que van a celebrarse en día laborable. ser adaptados a personas con - Copia de los nombramientos (credenciales) de los limitaciones de interventores que actúan ante la mesa. movilidad. - Copia de los nombramientos (credenciales) de los Si se produce electores inscritos en el censo de la mesa que deben alguna deficiencia actuar como interventores en otra mesa. se tiene que comunicar - Un juego de tres sobres y los recibos de entrega inmediatamente correspondientes (son los sobres donde se tiene que por teléfono a la introducir la documentación electoral una vez finalizado junta electoral de el escrutinio y que se puede consultar en la pág. 22 de zona este Manual). correspondiente para que la Si en algún momento se observa alguna deficiencia o solucione. falta alguno de los elementos mencionados (urna, cabina, sobres, papeletas, documentación e impresos), el presidente/a lo tiene que comunicar inmediatamente por teléfono a la junta electoral de zona, a fin de que se lo suministre (art. 81.4). 8 PRIMERA FASE: Constitución de la mesa electoral 3. Recepción de las credenciales de los interventores de las candidaturas Las credenciales Entre las 8.00 h y las 8.30 h la mesa recibe los son los nombramientos (credenciales) que presenten los documentos donde interventores designados por las diferentes candidaturas. El se recoge el